Recuerdan que está prohibido transitar o permanecer con mascotas en los balnearios
La ordenanza es la N° 6824, y regula la tenencia, el cuidado, el tránsito y/o permanencia de perros en lugares públicos. La norma establece que la responsabilidad de los daños y perjuicios que pueda ocasionar un perro recae sobre su dueño.
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